JUBILADOS
El Aporte Solidario y Convencional que dicta el Art. 8° BIS del Convenio Colectivo de Trabajo vigente (N° 448/06) indica la obligatoriedad del empleador de retener el 2% del sueldo bruto de sus empleados y abonarlos mediante boleta y transferencia al Banco Nación, cuenta de Asociación Gremial de Empleados de Escribanos.
Cuando el empleado se jubila y cesa la relación laboral pero permanece en nuestra Obra Social, tiene la obligación (por estatuto) de seguir contribuyendo a la Entidad con un aporte fijo, a abonarse presencialmente en efectivo o mediante transferencia bancaria de forma anual.
DATOS BANCARIOS
- Cta. Corriente: 00500120075225
- ALIAS: fauna.flor.jaguar
- CUIT: 30-52089367-5
- CBU: 0110012920001200752256
Adjuntar y enviar el comprobante a verificaciones@ospe.org.ar indicando nombre y apellido del beneficiario. Consulte los valores vigentes del corriente año a continuación:
Se recuerda a todos los beneficiarios jubilados que las moras se cobran a valores actuales.

