Art. 8 BIS

ARTÍCULO 8° BIS

Para cumplimentar con el pago del “Aporte solidario y Convencional” de carácter obligatorio que dicta el Artículo 8° BIS del convenio colectivo de trabajo vigente N° 448/06 desde Enero de 2008, deben generar periódicamente boleta de pago en http://ospe.dnsalias.com y posteriormente abonar el importe arrojado por la misma mediante transferencia bancaria a datos bancarios de entidad recaudadora:

 

  • Cuenta Corriente: 00500120075225 
  • CBU: 0110012920001200752256 
  • Alias: fauna.flor.jaguar 
  • CUIT: 30-52089367-5 

Una vez generada y descargada la boleta de pago y transferido y descargado el comprobante de transferencia, adjuntar ambos a verificaciones@ospe.org.ar.

SE RECUERDA A TODOS LOS EMPLEADOS, EMPLEADORES ESCRIBANOS Y CONTADORES PÚBLICOS QUE CADA PERÍODO VENCE AL 15 DEL MES SIGUIENTE INDEFECTIBLEMENTE.-